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El juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Las Palmas ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),

Anulación de las bases de que han de regir la convocatoria, mediante el sistema de oposición libre, para generar una lista de reserva para interinidades y contrataciones temporales de la Mancomunidad Intermunicipal del Suroeste de Gran Canaria,

 

El juzgado de lo  Contencioso Administrativo nº 1 de Las Palmas ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en el litigio planteado contra la Mancomunidad Intermunicipal del Suroeste de Gran Canaria, en relación a la aprobación de las bases que han de regir la convocatoria, mediante el sistema de oposición libre, para generar una lista de reserva para interinidades y contrataciones temporales de administrativos y proveer  de personal funcionario interino en los ayuntamientos que conforman dicha comunidad, Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana.

El sindicato impugnó el acto a petición de la sección sindical de CSIF en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, por entender que dicha Mancomunidad carece de esa competencia, no se encuentra dentro de sus finalidades y no existe convenio de colaboración, así como, que se ha vulnerado la negociación colectiva, pues no se ha negociado ni los representantes de los diferentes ayuntamientos afectados, ni de la administración demandada.

Dictado el fallo de fecha 13 de enero de 2023, y como consecuencia de carecer la Mancomunidad de competencia para la provisión, selección y contratación de personal interino para los municipios que formar parte de la misma, las bases resultan nulas de pleno derecho de conformidad con lo establecido en elartículo 47.1.b) de la Ley 39/2015 se resuelve estimando la demanda presentada por los servicios jurídicos de CSIF y se Acuerda:

  1. DECLARAR LA NULIDAD de la resolución identificada en el antecedente De hecho primero de esta Sentencia.
  2. Imponer las costas a la Administración con un límite de 400 Euros.

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