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MOCIÓN INSTITUCIONAL EN DEFENSA DEL FARO DE MASPALOMAS

 

El Ayuntamiento de Agüimes muestra su rechazo absoluto y tajante a la ampliación del dique del Faro de Maspalomas y a la instalación de un embarcadero- muelle deportivo en la zona.

 

Este acuerdo se recoge en la Moción Institucional remitida por el Ayuntamiento de la Villa San Bartolomé de Tirajana y que fue aprobada por unanimidad en el pleno ordinario correspondiente al mes de marzo, celebrado ayer, lunes 25 de marzo, por el Ayuntamiento de Agüimes.

 

Este rechazo se muestra por considerar “la población de la isla de Gran Canaria al Faro de Maspalomas y todo su entorno natural marítimo-terrestre, ya afectado por el desarrollismo turístico, uno de sus mayores símbolos socioculturales, perteneciente a un mundo histórico que les preexiste y les identifica como miembros pertenecientes a una misma comunidad identitaria”.

 

El Ayuntamiento de Agüimes se suma a esta moción institucional presentando a la Demarcación de Costas de Canarias y los organismos pertinentes la correspondiente alegación contraria al proyecto de ampliación del dique del Faro de Maspalomas y la instalación en la zona de un embarcadero o puerto deportivo.

texto íntegro de la moción:

MOCIÓN INSTITUCIONAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA PARA “EL RECHAZO ABSOLUTO Y TAJANTE A LA AMPLIACIÓN DEL DIQUE DEL FARO DE MASPALOMAS Y A LA INSTALACIÓN DE UN EMBARCADERO- MUELLE DEPORTIVO EN LA ZONA”

 

Instar y solicitar a la Jefatura de la Demarcación de Costas de Canarias, a la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y al Ministerio para la Transición Ecológica del Gobierno de España:

 

Primero: Denieguen y rechacen de plano y con rotundidad la solicitud cursada con número de expediente de referencia CNC02/19/35/0001, con fecha del pasado 3 de agosto de 2017 por la representación de Dismare Inmobiliaria SL para la ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre, destinada al desarrollo del proyecto de prolongación del espigón del Faro de Maspalomas, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana (isla de Gran Canaria), ya que tiene por última intención el montaje y habilitación de un embarcadero deportivo en la marina costera natural de su zona de influencia con una única finalidad mercantil y lucrativa.

 

Segundo: Atiendan sin reparos ni objeciones legalistas ni de cualquier otra índole la petición que aquí se expresa, convertida en eco del sentimiento afectado y mayoritario de la población civil de San Bartolomé de Tirajana y de la isla de Gran Canaria.

 

Tercero: Contemplen esta moción institucional como documento anexo e integrador de las alegaciones formales y administrativas que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, la ciudadanía a título personal o colectivo, y cualquier otra Institución Pública y/o privada de este municipio o de la isla de Gran Canaria, también formalicen y presenten en sentido contrario a la solicitud de ocupación del espigón del Faro de Maspalomas y la instalación de un embarcadero-muelle-puerto deportivo en la marina costera y terrestre natural de su zona de influencia y afección.

 

Cuarto: Comuniquen a la Corporación Municipal del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana mediante el uso del Registro Oficial de la misma, la decisión denegatoria que se les expresa y solicita para el proyecto de Dismare Inmobiliaria, y cualquier otra solicitud que se les haya formulado o se les formule en adelante y en el futuro para la ocupación marítima-terrestre en la zona del Faro de Maspalomas y su entorno marino, para el desarrollo de un proyecto semejante o en idénticos o parecidos términos.

 

Quinto: Como organismos oficiales con competencia exclusiva en la toma de esa determinante decisión arriba formulada, comuniquen también su resolución a cuantas instituciones públicas y/o privadas, vecinos particulares y/o movimientos sociales y asociativos hayan decidido o decidan alegar contra el proyecto en cuestión, y participen de esta iniciativa institucional que se opone y rechaza el proyecto para la ampliación del espigón del Faro de Maspalomas y la instalación de un embarcadero-muelle-puerto deportivo en su área de influencia.

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

La presente moción institucional tiene como objetivo atender y dar respuesta con la necesaria prestancia y el debido rigor, a la obligación política y cívica, individual y colectiva, que todos los concejales y concejalas miembros de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, sin afecciones a sus particulares siglas políticas, tienen en todo momento y lugar de defender el hábitat y el bienestar general de la sociedad en la que viven.

 

La vecindad de San Bartolomé de Tirajana y en general la población de la isla de Gran Canaria consideran el Faro de Maspalomas y todo su entorno natural marítimo-terrestre, ya afectado por el desarrollismo turístico, uno de sus mayores símbolos socioculturales, perteneciente a un mundo histórico que les preexiste y les identifica como miembros pertenecientes a una misma comunidad identitaria.

 

En ese sentimiento de identidad y de pertenencia, Maspalomas como espacio territorial físico abarca principalmente la marina litoral del municipio de San Bartolomé de Tirajana, desde las urbanizaciones turísticas de Playa del Inglés hasta las más recientes de Las Meloneras, pero especialmente y en esencia el entorno marino y playero que unen La Charca y el Faro de Maspalomas.

 

De ese sentimiento comunitario y etnográfico de pertenencia a un mismo lugar, en concreto al mar costero de Maspalomas, da cuenta el compositor, periodista y escritor grancanario Néstor Álamo Hernández (Guía, 27 de febrero de 1906 – Las Palmas de Gran Canaria, 24 de marzo de 1994) en su canción ‘Maspalomas y Tú’, convertida en todo un himno patrio y emocional para la población vecinal de San Bartolomé de Tirajana y de toda Gran Canaria:

 

Allá abajo, en el sur de Gran Canaria.

Dormida bajo el sol hay una playa.

Allí te espero, entre las olas,

entre la arena rubia de Maspalomas.

Del agua salada el beso del mar.

El beso chiquilla que tú me has de dar.

Que tú me has de dar, que tú me has de dar.

Allá en Maspalomas yo te he de besar.

¡Ay, tírate al mar! ¡Ay, tírate al mar!

Y coge los peces si sabes nadar.

Yo te he de querer, yo te he de besar entre el palmeral.

¡Ay, chiquilla hermosa! Bonita, amorosa, canaria, mujer.

Allá bajo, en el sur de Gran Canaria.

Dormida bajo el sol hay una playa.

El sol y las arenas y el cielo azul,

la gloria de mi tierra, Maspalomas y tú.

 

Aunque este Ayuntamiento no tiene competencia para la toma de decisiones que den respuesta legal satisfactoria firme y vinculante en forma de denegación tajante y definitiva a la solicitud de concesión administrativa formulada por Dismare Inmobiliara SL para la ampliación del espigón del Faro de Maspalomas y la instalación de un embarcadero deportivo en la zona, sí tiene este Ayuntamiento y su Corporación la capacidad representativa legal y obrante de articular una manifestación documental pública que contemple y asuma el buen sentir popular de sus vecinos, y dé respuesta a sus respetables aspiraciones e intereses.

 

En tal sentido, la Corporación Municipal del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana rechaza a través de esta moción institucional el proyecto de ampliación del espigón y la instalación de un embarcadero deportivo en el ámbito del Faro de Maspalomas y su zona marítimo-terrestre de influencia y afección.

 

Dicho proyecto invade un ecosistema de alta sensibilidad paisajística y sociocultural que conforman de forma indivisible e indisociable el hábitat social de la zona, su paisaje marino natural, la historia del lugar, su geografía y economía paisajística, su carácter simbólico y etnográfico para el conjunto poblacional del municipio y de la Isla, y su evidente y palpable interés medioambiental afectado y legalmente vinculado de por sí al edificio del Faro de Maspalomas como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento Histórico Artístico.

 

El Faro de Maspalomas y su actual espigón protector, y la marina abierta que lo baña y lo besa, conforman de forma unívoca e inigualable un todo ambiental, paisajístico y arquitectónico simbólico, de referencia no sólo para los habitantes de este municipio y del resto de la isla de Gran Canaria. Es también, y ese es uno de sus hitos, uno de los mayores referentes exponenciales para la promoción, consolidación y el normal desenvolvimiento de la industria turística sobre la que pivota mayormente la economía doméstica y el PIB de este municipio y de toda la isla de Gran Canaria.

 

Atentar contra ese ecosistema patrio es atentar contra los valores que lo cimentan, es atentar contra la memoria histórica de la población, contra su sentimiento comunitario de pertenencia etnográfica identitaria, y contra la estampa medioambiental que lo identifica, vertebra y refuerza. El proyecto que se solicita en el área de influencia del espigón del Faro de Maspalomas y su marina supone, en definitiva, un atentado desmedido, inmerecido y peligroso contra el paisaje y la economía turística que en estos momentos dan identidad y consistencia social a toda la isla de Gran Canaria.

 

El Faro de Maspalomas y su área de influencia marítimo-terrestre es un ecosistema formado por un hábitat natural y urbanístico de incalculable valor que se vende y gestiona por sí solo, y que no necesita ni requiere en el presente, ni tampoco requerirá en el futuro, de otras actuaciones y usos que no sean los ya existentes, o aquellas otras que por necesidades perentorias estrictas o inaplazables como las que puedan provocar el incremento del nivel del mar o la conservación de las actuales edificaciones, pudieran requerirse, programarse y formalizarse de forma objetiva para una consolidación de su mayor cuidado y mayor protección.

 

El enclave marítimo-terrestre natural y paisajístico del Faro de Maspalomas es el horizonte sentimental en el que se miran la ciudadanía y los visitantes de este municipio. Para las personas que lo disfrutan, tanto la población nativa como la población flotante, es un operador sociocultural intangible e intocable, un icono portentoso que despierta el interés y el descanso de los espíritus respetuosos con el entorno y ávidos de curiosidad por la vida.

 

En ese sentido, resulta anormal, ilógico y tal vez incluso punible, que se ceda a una empresa particular un bien público natural, paisajístico y medioambiental de esta naturaleza y amplia consideración, para que monte y desarrolle un proyecto de negocio privado que en su gestión diaria atentaría gravemente contra el mismo. De ahí la honda preocupación social que despierta el proyecto empresarial náutico que promueve Dismare Inmobiliaria SL y el amplio y tajante rechazo cívico, social, empresarial, político e institucional que se le presenta merecidamente.

 

 

CONSIDERACIONES

 

En su conjunto, el entorno medioambiental y paisajístico marítimo-terrestre del Faro de Maspalomas, conforma un ecosistema natural y un hábitat sociocultural que desde el siglo XIX y con mayor insistencia y profusión desde el desarrollo turístico del municipio iniciado en la década de los años 60 del pasado siglo, se considera un emblema público a nivel institucional y ciudadano del municipio de San Bartolomé de Tirajana. Tanto el Ayuntamiento como los propios vecinos han hecho y hacen uso del mismo como un elemento de máxima referencia.

 

Desde su construcción por obreros de este municipio durante el último cuarto del siglo .XIX bajo el proyecto de ingeniería civil del ilustre D. Juan de León y Castillo, y tras su puesta en marcha con proyección de luz por vez primera el 1 de febrero de 1980, hasta la actualidad, el Faro de Maspalomas y toda su zona de afección marítimo-terrestre ha sido siempre y en todo momento un monumento histórico y natural arraigado en el alma y la memoria colectiva de la vecindad que puebla este municipio y la isla de Gran Canaria. Y así queremos y pretendemos que siga siendo.

 

El Faro de Maspalomas y su zona de afección marítimo-terrestre, donde se incluyen el actual espigón y la marina oceánica circundante, han sido usados por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana para la promoción turística del municipio, y lo sigue haciendo en todo tipo de ferias y eventos promocionales.

 

A nivel ciudadano, incluso el memorable luchador canario y levantador de arados, José Rodríguez Franco, natural de Maspalomas, inmortalizó su proyección deportiva bajo el nombre de ‘El Faro de Maspalomas’. Ha habido clubes de lucha con el mismo nombre, y prácticamente todos los carteles promocionales del Carnaval Internacional de Maspalomas llevan implícita alguna alusión al histórico monumento. Ha sido recogido como emblema y logotipo, incluso a nivel educativo da nombre a un centro de enseñanza Secundaria de este municipio (El IES Faro de Maspalomas).

 

Considerando todo lo anteriormente expuesto, imaginar la instalación de cualquier tipo de artilugios, fijos o removibles para que desde el actual muelle del Faro de Maspalomas se puedan efectuar trasvases de turistas desde o hasta naves de recreo se antoja impensable. Sobre todo si además de estas actividades se desarrollaran otras de carácter náutico y con mayor impacto, alteradoras del ritmo pausado y sedentario de los usuarios del enclave.

 

El proyecto del embarcadero y su actividad alteraría e interferiría también de forma considerable en la panorámica ambiental de una zona natural habilitada, que los transeúntes y usuarios ya disfrutan en su actual estado por la transparencia y cercanía que ofrece del mar.

 

Siendo el enclave zonal marítimo-terrestre del Faro de Maspalomas la joya actual de la zona turística y uno de los pilares paisajísticos y ambientales del destino turístico Maspalomas Costa Canaria y su marca Maspalomas+, no se entiende que se pretenda abrir o instalar proyectos de nuevos usos, masivos, y con impactos contaminantes en la misma.

 

El proyecto de ampliación del muelle y la infraestructura náutica que se propone y solicita para la zona supondrá una carga molesta más para este enclave que ya se encuentra colmatado. Supondrá añadir un nuevo desacierto a la instalación del kiosco sobredimensionado como cafetería-bar-restaurante con terraza, ubicado aledaño al edificio del Faro de Maspalomas, que el 14 de febrero de 2014 abrió al público con una concesión administrativa de la Autoridad Portuaria desoyendo a los agentes económicos y sociales y al propio Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana. Aunque en estos momentos esa concesión se encuentra recurrida en los tribunales de justicia, los daños a la plaza del Faro y al propio edificio emblemático del Faro son evidentes e innegables.

 

Por tanto, el enclave paisajístico y medioambiental marítimo-terrestre del Faro de Maspalomas no debe ni puede seguir siendo objeto de avaricias empresariales irresponsables y desmedidas, ni de atentados administrativos como el que supone la actual concesión mercantil autorizada por la Autoridad Portuaria que deteriora y flagela la imagen del Faro de Maspalomas como Bien de Interés Cultural (BIC).

Es una realidad contrastada que el entorno y área de afección marítimo-terrestre del Faro de Maspalomas debe recobrar su enorme y portentoso potencial simbólico y escultórico de forma diáfana y libre de cualquier otro elemento edificatorio o material que pueda distorsionar su ya de por sí espectacular belleza, reforzada y consustancial en una combinación amigable y extraordinariamente amable por la espectacular y hermosa marina natural que lo besa.

 

Como elemento escultórico monumental que ilumina y cohesiona el sentir popular de los grancanarios, y que es usado como impacto fotográfico de referencia por la inmensa mayoría de los más de 3 millones de turistas que nos visitan, el Faro de Maspalomas y su entorno de afección paisajística y medioambiental, conformado por el espigón y el espacio marítimo-terrestre circundante que incrementan las bondades que ofrece su maestría arquitectónica, deben preservarse para siempre libres de cualquier carga.

 

La ampliación del actual espigón del Faro de Maspalomas y la instalación de un embarcadero deportivo en su marina son contraproducentes por innecesario, incoherente y atentatorio contra el espíritu de preservación y gestión medioambiental sostenible del litoral de Maspalomas y su industria turística. Además es un proyecto que choca frontalmente con la defensa del entorno del Faro de Maspalomas y su indisociable zona de afección marítimo-terrestre, como referencia etnográfica y espacio de mayor promoción foto-turística de todo el sur de Gran Canaria junto con el espacio dunar.

 

El Faro de Maspalomas y su entorno marítimo-terrestre más inmediato no es ajeno al entramado medioambiental natural y etnográfico que lo vincula al Palmeral, La Charca y Las Dunas de Maspalomas. Conforman en su conjunto uno de los ecosistemas medioambientales y paisajísticos más emblemáticos de la isla de Gran Canaria, siendo el principal reclamo y catalizador de su promoción turística internacional, además de ser un emblema espiritual y cultural para la población vecinal de San Bartolomé de Tirajana y el conjunto social de la isla de Gran Canaria.

La marina del Faro de Maspalomas y el pequeño muelle alineado hacia el horizonte a la espalda de su torre no admiten bajo ningún pretexto, ni siquiera con estudio técnico-científico que quiera avalarlo, ninguna carga recreativa extra a la que ya ofrece de por sí todo el entorno paisajístico natural y medioambiental que lo contempla.

 

En ese entorno natural paisajístico indisociable del edificio del Faro y su inigualable valor etnográfico, cultural y medioambiental, no cabe la instalación de ningún embarcadero, muelle o dársena deportiva o de cualquier otra índole, ni tampoco ninguna otra actuación atentatoria que desvirtúe, maquille o corrompa el espíritu intrínseco de su natural espectacularidad y belleza.

 

Cualquier actuación o instalación empresarial o de cualquier otra índole que se decidiera o se permitiera llevar a cabo en ese entorno natural marítimo-terrestre del Faro de Maspalomas y en su actual espigón, que no fuera destinada estricta y escrupulosamente a la preservación, mejora y conservación del mismo, como pudieran ser las obras reparatorias y necesarias en el actual paseo y en el remozamiento de la cantería de los muros exteriores del inmueble, supondrá un atentado contra el mismo, y pondrá en serio y grave peligro la referencialidad humanística y promocional turística que dicho enclave tiene ahora para este municipio y toda la isla de Gran Canaria.

 

OTRAS RAZONES

 

Si las consideraciones argumentales precedentes que sustancian el sentir de la Corporación de este Ayuntamiento y la vecindad de este municipio y de toda la isla de Gran Canaria no fueran suficientes para que los responsables políticos y administrativos de la Jefatura de la Demarcación de Costas de Canarias, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y del Ministerio para la Transición Ecológica del Gobierno de España, tomaran la decisión de denegar y rechazar la solicitud que formula la entidad Dismare Inmobiliaria SL, esta moción institucional aporta y añade en atención a los considerandos anteriores, los siguientes razonamientos que también deben observarse y ser tenidos en cuenta para impedir la culminación favorable del expediente administrativo que se haya abierto o pudiera abrirse en relación con la solicitud de concesión administrativa para la ampliación del dique del faro y la instalación de un embarcadero en el Faro de Maspalomas:

 

Primera: Desde hace ya bastantes años se ha estado promoviendo la ampliación del puerto de Pasito Blanco a los efectos de multiplicar el número de atraques, desarrollar actividades afines y propias de los puertos deportivos y ganar un tramo de playa de arena en la zona. Es ahí donde tendría cabida desarrollar nuevas actividades o dar cabida a estos emprendedores para satisfacer usos o demandas que enriquezcan el destino turístico. La proximidad de pasito Blanco con el Faro de Maspalomas, hacen impensable otra opción.

 

Segunda: El valor estratégico del entorno del Faro de Maspalomas para el uso y disfrute de peatones y viandantes, por la benignidad de las brisas, la orientación al sur y oeste, la placidez de las vistas, desaconsejan implantar actividades que deterioren, interfieran o alteren el espacio.

 

Tercera: La organización de la red viaria, con un solo punto de penetración hasta las inmediaciones del Faro de Maspalomas en la Plaza de Colón en “fondo de saco”, además de las servidumbres de acceso al Centro Comercial Oasis y a los hoteles Oasis, Ifa-Faro y Costa Meloneras, son ya suficiente carga para el tráfico rodado y una limitación y servidumbre molesta para los flujos de peatones hacia o desde la playa y el Paseo de Meloneras.

 

Cuarta: La gran proximidad del Hotel Ifa-Faro es igualmente otra razón para limitar o impedir la producción de ruidos o alteraciones en el lugar.

 

Quinta: Valórese, igualmente, las dificultades y problemas de seguridad para el acceso de los servicios de emergencia ante eventuales escenarios de peligro o accidente.

 

Sexta: El espacio es igualmente un lugar valioso para los practicantes de deportes náuticos ligados a las olas que en el lugar son frecuentes. No debe olvidarse que actuaciones de conservación de la costa en ese mismo lugar ya han dado como resultado conflictos y desencuentros con grupos de practicantes de deportes náuticos con tabla, usuarios del lugar desde hace ya más de cincuenta años.

 

Séptima: El valor estratégico del entorno del Faro de Maspalomas requiere una actuación de planificación urbanística que proteja los usos cívicos y sociales, que impida las actividades especulativas y que garantice el disfrute pacífico y extensivo del lugar por peatones y viandantes, en coherencia con la normativa e inversiones ejecutadas por las administraciones públicas en los últimos decenios.

 

Octava: En la sociedad que vivimos estamos ya tan acostumbrados a que se adopten acuerdos administrativos y gubernativos que contradicen el sentido común, que incluso parece normal que eso ocurra, cuando debiera ser todo lo contrario. Por eso, la necesaria, correcta y asertiva toma en consideración de esta moción institucional por parte de los organismos responsables de adoptar la resolución que se solicita en la misma, supondrá una sabia y digna decisión por parte de quienes, detentando una posición de poder en las Administraciones Públicas, tienen el deber de velar ante todo por el interés general y, en el ejercicio de sus funciones, gestionar de forma eficaz, justa, ecuánime y honrada, siempre y en todo momento, al servicio de la total preservación del interés común de la ciudadanía.

 

 

ACUERDO

 

Por las razones aquí esgrimidas, entendiendo que éste es un asunto de enorme trascendencia e interés general, que incumbe al bienestar y normal desenvolvimiento de la vecindad del municipio de San Bartolomé de Tirajana y de la isla de Gran Canaria, en tanto que afecta al ecosistema y hábitat cultural, social, histórico, etnográfico, medioambiental, paisajístico y económico general de la misma, se propone al Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana la adopción del siguiente acuerdo:

 

PRIMERO: Rechazar con contundencia y sin paliativos la concesión de autorización o concesión administrativa alguna que modifique la fisonomía, altere los usos actuales o privatice el muelle del Faro de Maspalomas y su área de influencia marítimo-terrestre.

 

SEGUNDO: Articular y tramitar ante la Demarcación de Costas de Canarias y los organismos pertinentes la correspondiente alegación contraria al proyecto de ampliación del dique del Faro de Maspalomas y la instalación en la zona de un embarcadero o puerto deportivo.

 

TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo a las autoridades responsables de la Delegación del Gobierno en Canarias, Jefatura de la Demarcación de Costas de Canarias, Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Ministerio para la Transición Ecológica del Gobierno de España, a los efectos expresados.

 

CUARTO: Hacer extensible esta moción institucional y su acuerdo plenario al resto de las administraciones públicas canarias: Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, Cabildo Insular de Gran Canaria, y resto de Ayuntamientos y Corporaciones Locales de la Isla para que, en la consideración de lo aquí expuesto, decidan sumarse a la iniciativa que ha tomado este Ayuntamiento y su Corporación.

 

QUINTO: Posibilitar a través de la página web de este Ayuntamiento (www.maspalomas.com) el acceso público al contenido de esta moción institucional y su acuerdo plenario, para que los vecinos de este municipio y de la Isla que lo consideren y estimen conveniente, puedan utilizarla como apoyo argumentativo a sus posibles alegaciones al proyecto de referencia CNC02/19/35/0001 anunciado por el Ministerio para la Transición Ecológica en el Boletín Oficial del Estado (BOE del martes12 de febrero de 2019), que deberán presentarse hasta el día 12 de marzo en las oficinas de la Demarcación de Costas de Canarias, Explanada Tomás Quevedo Ramírez s/n, Edificio de la Autoridad Portuaria 4ª planta, CP.- 35008 de las Palmas de Gran Canaria, en horario hábil de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas

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