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Kevin Paz advierte: grabar y difundir llamadas con menores en un divorcio puede acabar en condena penal, y recuerda los derechos ante accidentes de viaje y laborales

En su intervención en Radio Faro, el abogado Kevin Paz abordó tres cuestiones de gran interés práctico. En primer lugar, explicó cuándo es legal grabar conversaciones y alertó de los riesgos en conflictos familiares: una persona puede grabar una conversación en la que participa, sin necesidad de avisar, pero no es lo mismo grabar que difundir, ya que compartir audios o mensajes privados puede vulnerar el derecho a la intimidad y derivar en consecuencias penales. Puso como ejemplo una sentencia ratificada por el Tribunal Supremo: una madre grabó sin consentimiento una conversación telefónica entre el padre y sus hijos menores y la reenviaron a un grupo de WhatsApp escolar, lo que terminó en una condena por descubrimiento y revelación de secretos agravado por afectar a menores, con pena de prisión y multa. Recalcó que los menores son titulares de derechos propios y que “no todo vale” en nombre de los hijos; ante preocupaciones por su bienestar, recomendó activar vías formales y asesorarse jurídicamente. También recordó que, si se graba una conversación propia, debe conservarse el archivo original íntegro, sin cortes ni manipulaciones.

 

En segundo lugar, detalló el Seguro Obligatorio de Viajeros, que protege a quienes sufran daños corporales en accidentes en transportes públicos colectivos (tren, avión, guagua, barco), siempre que la persona vaya provista de billete —incluidos menores exentos de pago—. Indicó que cubre lesiones y posibles indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad, y recordó la importancia de comunicar el accidente en plazos breves, generalmente a través de la compañía o su aseguradora, además de tener en cuenta el seguro de responsabilidad civil del operador.

Por último, explicó qué hacer ante un accidente laboral: priorizar la salud, recopilar y guardar toda la documentación médica, exigir el parte de accidente, recoger pruebas (fotos del lugar, estado de maquinaria, suelos, etc.) y contar con testigos si fuera posible. Señaló que se pueden reclamar indemnizaciones si hubo falta de medidas de seguridad, recargos de prestaciones por negligencia, coberturas por convenio colectivo e incluso incapacidad permanente, insistiendo en no firmar acuerdos con aseguradoras sin asesoramiento. También recordó que el plazo para reclamar daños y perjuicios suele ser de un año desde el alta médica, y que si el accidente deriva en un despido injusto durante la baja, existen mecanismos de protección legal para el trabajador.

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