El Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirma íntegramente la sentencia de primera instancia y condena a la concesionaria al pago de las costas en ambas instancias
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, desestimando en su totalidad la reclamación de casi ocho millones de euros formulada por la empresa concesionaria Acciona contra la Mancomunidad del Sureste de Gran Canaria. La mercantil pretendía que la Administración pública asumiera unos supuestos sobrecostes millonarios derivados del servicio de desalación de agua que tenía encomendado.
Ambas resoluciones judiciales —tanto la dictada el pasado 8 de mayo de 2025 como la recién pronunciada por el TSJC en marzo de 2026— concluyen que los incrementos de costes operativos, en particular los vinculados al encarecimiento de la energía, no generan automáticamente un derecho de compensación a favor del contratista. Los tribunales refrendan así el principio de riesgo y ventura inherente a la contratación pública, limitando los supuestos en los que la Administración debe asumir sobrecostes en la ejecución de servicios públicos concesionados.
Una defensa jurídica determinante
La defensa jurídica de la Mancomunidad del Sureste ha estado liderada por el despacho especializado en Derecho Administrativo Acosta & Navarro, bajo la dirección letrada de D. Javier Navarro Betancor, cuya estrategia procesal ha resultado determinante para encauzar la actividad probatoria y proteger con éxito los intereses públicos a lo largo de las dos instancias judiciales.
Alcance del fallo
La sentencia del TSJC, que pone fin a este largo proceso judicial, condena además a Acciona al pago de las costas procesales en ambas instancias. El fallo consolida el principio de responsabilidad de los contratistas públicos y refuerza la seguridad jurídica en la gestión de los servicios esenciales que la Mancomunidad del Sureste presta a la ciudadanía.
No obstante ante esta sentencia, la empresa concesionaria puede interponer un recurso extraordinario de casación ante el Tribunal Supremo.



