Para la PALT, la intervención del Tribunal Superior de Justicia de Canarias desmonta el relato oficial:
“El plan era discutible, la impugnación no era caprichosa y la ciudadanía tenía razón”.
En el mes de febrero de 2022 el Cabildo Insular aprobó la revisión del Plan Insular insistiendo en el modelo de especialización turística, de expulsión de los vecinos y de guetos turísticos y residenciales.
En su regulación no aparecía ninguna referencia a la Disposición transitoria séptima de Ley ordenación del turismo de Canarias, ni referencia alguna a los usos consolidados de la Ley de suelo (“deberán ser respetados por la administración”), ni a la situación legal de consolidación que ostentan los propietarios que adquirieron su propiedad libre de carga y sin limitación de uso y que les reconoce la Ley del Suelo 4/2017, ni al alquiler vacacional que, de facto, queda imposibilitado. Y todavía, a día de hoy, nadie ha recibido la respuesta a las alegaciones presentadas en el trámite de información pública; la respuesta a esta situación es la que hoy ha comunicado el TSJ de Canarias en su sentencia.
Según el PIO, la residencia temporal, alojamiento temporal no turístico, sólo cabe en villas. Es decir, ningún propietario podrá utilizar su apartamento o bungalow para sí mismo, en ningún periodo. Incluso aunque en el contrato con el explotador se contemple. Sólo lo podrá hacer como cliente.
La residencia permanente es nuevamente demonizada prohibiéndose expresamente, lo que implica el desplazamiento forzoso de miles de personas. Según los datos publicados por el INE a 1 de Enero de 2022 el número de habitantes en Puerto Rico era de 3.920. En San Bartolomé de Tirajana más de 17.000 empadronados, que tienen su vivienda en estas ciudades canarias.
El compromiso financiero al que sometía a los municipios de San Bartolomé de Tirajana y Mogán era mayúsculo pues iban a ser ellos quienes, de implementar la estrategia de este PIO, tenían que asumir las multimillonarias indemnizaciones por el cambio de planeamiento. Piénsese en la cantidad que resultaría de las limitaciones singulares al cambiar la ordenación de, al menos, 396 Complejos de apartamentos y bungalow en San Bartolomé de Tirajana. Gente viviendo y con vida normal en la finca del Conde.
Para la PALT detrás de esto, lo que hay son políticas que buscan la segregación para congraciarse con los que les va bien y expulsar a la población en favor de una actividad económica, es decir, detrás de este modelo no está el interés general. Favorece a los explotadores extrahoteleros establecidos, pretende perpetuar un modelo económico que ya no genera riqueza a través de la limitación de derechos y expulsa a los propietarios, residentes permanentes o temporales.
Como ejemplos de la estrategia miope valen estos extractos:
“Por el contrario, el Uso Residencial Permanente responde a finalidades sustantivamente diferentes, por lo que su coexistencia con el Uso Turístico genera graves interferencias en los modos de producción y utilización del espacio urbano y diferentes necesidades de dotaciones y servicios, repercutiendo todo ello en el deterioro de la oferta alojativa y de la calidad de vida de la población permanente”.
“C. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar áreas diferenciadas a especializar, podrá optarse motivadamente por la compatibilización, estableciendo, conforme a lo dispuesto en este Plan, las normas y criterios que garanticen la coexistencia de ambos usos, sin que se merme o comprometa la calidad de la oferta turística ni la calidad de vida de la población residente.
- En ningún caso se admitirá la coexistencia del Uso Turístico con el Residencial Permanente, ni con el de Alojamiento Temporal no Turístico, en una misma parcela.
- En las Áreas con especialización Turística que se delimiten conforme a lo establecido en los apartados anteriores:
1) Se fomentará la reconversión a uso Turístico o, alternativamente, al uso de alojamiento Temporal no Turístico, de las Parcelas con uso Residencial. A tal efecto podrán adscribirse a este uso edificaciones destinadas a uso Residencial Permanente o Temporal ya existentes en el Área”.
Por otra parte, se insistía en proponer un puerto deportivo de alta capacidad en el litoral de Bahía Feliz, en la zona de especial conservación Sebadales de Playa del Ingles ES7010056, a sabiendas de las enormes afecciones ambientales que ocasionaría y que, aun así, se seguían proponiendo.
Estas y otras razones nos obligaron a impugnarlo judicialmente. Lo que resulta paradójico es que ninguno de los futuros ediles mostrase interés, ni preocupación frente a una propuesta de municipio segregado, troceado, nacida de la intervención de personas que desconocen la realidad de nuestro territorio, de cómo vivimos y de cómo queremos vivir, porque desde Bravo Murillo no se ven las Dunas de Maspalomas.
Como isleños, nada nos define más que la costa y el océano. Pretender reservarlos para el turista es sencillamente negar lo que somos.
La plataforma también calificaba y califica de “absoluto desatino” asumir que se puede duplicar la presión turística sin consecuencias: “Eso solo lo defiende quien no vive aquí o quien ha decidido ignorar la realidad”.
Un modelo agotado que sacrifica a la población local:
El PIO responde a un modelo agotado: cuantas más camas, mejor. Un modelo que pone todo el territorio al servicio de una sola actividad que arrincona a la población local y convierte nuestras costumbres en un producto.
El PIO no solo vulneraba derechos de propiedad, sino que ignoraba deliberadamente la Ley 4/2017, eliminando sin justificación la compatibilidad entre uso residencial y turístico. No era un error técnico: era una decisión política”.
Algunos han decidido enfrentar el uso residencial y turístico como si no existiera la compatibilidad (que ha existido siempre) por lo que los legítimos propietarios están recibiendo multas por usar lo que es suyo, y, lo que no entendemos es ¿dónde está el problema si ha crecido el número de turistas y también el de facturación? ¿para quién es el problema en realidad? Y, ¿la crisis habitacional se resuelve segregando y quitándoles las viviendas a la gente para entregárselas a alguien para hacer mas negocio turístico?, es más, ¿y en Las Palmas o en Santa Cruz y en general en las áreas metropolitanas conviven ambos usos? El retrato es claro.
Ha tenido que ser el TSJC el que, por el momento, pare esta locura.
Mª Isabel Doreste Salamanca
Presidenta de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística.




Gracias,es un rayo de luz.