Skip to main content

La Sala confirma un fallo contra Sanidad por no apreciar una peritonitis mortal

  • El Servicio Canario de Salud tendrán que indemnizar con más de 60.000 euros a la familia de un hombre fallecido en Las Palmas tras recibir el alta de una operación de vesícula

 

Según detalla el fallo, el varón falleció el 20 de noviembre de 1999 por shock séptico (infección) de origen abdominal y fallo multiorgánico, un mes después de haber sido operado -en un centro médico del Servicio Canario de Salud no especificado en la sentencia- de litiasis biliar (extirpación de la vesícula).

 

Detalla la sentencia que seis horas después de recibir el alta, fue reingresado  por urgencias por reagudización de sus dolencias abdominales, siendo intervenido hasta tres veces tras este segundo ingreso, hasta su fallecimiento.

 

La Sala hace suyos los argumentos del Juzgado y declara acreditado que se produjo una pérdida de oportunidad, pues tras la intervención quirúrgica inicial “es lo cierto que el paciente presenta dolores abdominales que inicialmente se consideran propios del postoperatorio, pero que sigue sin quedar justificado que tal postoperatorio, haya durado con la variable intensidad y sintomatología hasta cinco días, y que se haya dado dado de alta al paciente con los mismos síntomas”.

 

 

 

El Tribunal se apoya en el informe emitido en el caso por el Consejo Consultivo,  que consideró injustificable que durante tales días no se hubiera “sospechado una patología más allá de una gastroenteritis o el simple postoperatorio normal, máxime con la analítica existente, sea la peritonitis u otra patología, no se haya realizado prueba alguna para descartar aquella u otras patologías, ni siquiera tras llegar el paciente por urgencias seis horas después de recibir el alta, teniendo que esperar al día 26 de octubre, casi una semana después de la primera intervención, para realizar una ecografía abdominal”.

 

El fallo confirma la cuantía de la indemnización (60.000 euros más los intereses legales, que ya han crecido de forma considerable) e impone la condena en costas al Servicio Canario de Salud por el recurso, cifrando ésta en 2.000 euros.

la sentencia es firme

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Translate »