El abogado Kevin Paz analiza en Radio Faro varios aspectos legales de actualidad que afectan directamente a trabajadores, viajeros y conductores, explicando derechos y obligaciones que muchas personas desconocen.

En el ámbito laboral, Paz recuerda que los permisos retribuidos están regulados en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y constituyen un derecho mínimo del trabajador, no una concesión voluntaria del empresario. Estos permisos permiten ausentarse del trabajo con derecho a salario siempre que exista una causa legal, se preavise a la empresa y posteriormente se justifique la situación si no se pudo avisar con antelación.
Entre los supuestos más relevantes destacan 15 días naturales por matrimonio o pareja de hecho, cinco días por hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica de familiares hasta segundo grado, lo que incluye hermanos, además de un día por traslado de domicilio habitual o el tiempo necesario para cumplir un deber público inexcusable, como puede ocurrir con cargos públicos que compatibilizan su actividad laboral con responsabilidades políticas.
El abogado subraya que muchos trabajadores desconocen estos derechos y terminan utilizando vacaciones o días propios cuando en realidad podrían acogerse a permisos retribuidos. También advierte de que los convenios colectivos pueden ampliar estos derechos, pero nunca reducir los mínimos establecidos por la ley.
En la práctica, explica que los conflictos más frecuentes surgen en torno al cómputo de los días (naturales o laborables), el inicio del permiso cuando el hecho ocurre en día no laborable y la acreditación del motivo ante la empresa. En caso de negativa injustificada por parte del empresario, el trabajador puede acudir a la jurisdicción social mediante un procedimiento rápido y preferente.
Otro de los temas abordados fue el impacto del conflicto internacional en el transporte aéreo, especialmente en los vuelos que atraviesan Oriente Medio. Paz explica que cuando un vuelo se cancela por circunstancias extraordinarias, como guerras o cierre del espacio aéreo, el pasajero no tiene derecho a compensación económica automática, pero sí a reembolso del billete o transporte alternativo, además de asistencia básica como alojamiento o comida mientras espera una solución.
También advierte de que es importante no cancelar el viaje antes que la aerolínea, ya que en ese caso el pasajero podría perder derechos y quedar sujeto únicamente a las condiciones del billete contratado. Por ello recomienda contratar seguros de viaje, especialmente cuando se realizan desplazamientos internacionales.
Respecto al equipaje, recuerda que el Convenio de Montreal establece la responsabilidad de la aerolínea por daños o retrasos. En casos extremos, como el de un pasajero que recibió su maleta 61 días después, los tribunales han reconocido indemnizaciones de hasta unos 1.500 o 1.600 euros por los perjuicios causados. Para reclamar es fundamental presentar en el aeropuerto el parte de irregularidad de equipaje (PIR) en el momento de detectar la incidencia.
Finalmente, el abogado advierte sobre un error muy frecuente en los controles de tráfico: negarse a realizar la prueba de alcoholemia. Según explica, el artículo 383 del Código Penal castiga esta negativa con penas de prisión de seis meses a un año y retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años, sanción que puede ser incluso más grave que dar positivo en la prueba.
La única excepción válida sería la imposibilidad médica acreditada para realizar la prueba, en cuyo caso se puede practicar un análisis alternativo, como un análisis de sangre.
Kevin Paz concluye recordando la importancia de conocer los derechos y obligaciones legales para evitar problemas que pueden tener consecuencias económicas o incluso penales.
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