Skip to main content

¿QUÉ PASA SI NO DISFRUTAS LAS VACACIONES LABORALES ANTES DE FIN DE AÑO?

Cada final de año se repite la misma duda entre muchos trabajadores: “Si no he cogido todas mis vacaciones, ¿las pierdo?”.

 

Hoy quiero aclararte este punto de forma sencilla: EL DERECHO A LAS VACACIONES.

Las vacaciones no son un “favor” de la empresa: son un derecho legal recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Con carácter general:

  • Corresponden 30 días naturales por año trabajado.
  • Son irrenunciables.
  • Su finalidad es garantizar el descanso.

Por eso, no pueden sustituirse por dinero, salvo cuando termina el contrato.

 

¿Tienen que disfrutarse dentro del año?

En principio sí. Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural al que correspondan. No obstante, en algunos casos, el convenio colectivo o un acuerdo con la empresa permiten disfrutarlas en los primeros meses del año siguiente.

Por eso, siempre conviene revisar lo que dice tu convenio.

 

¿Qué pasa si no las he cogido?

Aquí es clave saber por qué no se han disfrutado:

  • Si la falta de disfrute de las vacaciones es imputable a la empresa.
    Por ejemplo, por exceso de trabajo o falta de organización, no pierdes tus vacaciones y podrás disfrutarlas al año siguiente.
  • Si ha sido decisión del trabajador.
    Si la empresa ha facilitado el disfrute de las vacaciones y el trabajador no las solicita sin causa justificada, puede perder ese derecho.
  • Bajas, maternidad o incapacidad temporal.
    En estos casos, las vacaciones pueden disfrutarse más adelante, incluso fuera del año natural.

 

Respecto a si pueden pagarte o no las vacaciones: Como norma general, no se puede. Solo se pagan cuando se extingue la relación laboral. En ese caso, los días pendientes de disfrutar se abonarán en el finiquito.

 

¿Puede la empresa obligarme a disfrutar vacaciones?

La empresa no puede imponerlas de forma unilateral, pero sí puede planificar un calendario de vacaciones. En caso de existir días pendientes, la empresa puede promover su disfrute para evitar su acumulación, respetando siempre la normativa laboral.

 

Conocer tus derechos, tu convenio y actuar con previsión es la mejor forma de protegerte como trabajador. Ante cualquier duda, consultar con un profesional puede marcar la diferencia.

Cristina Vega Ortiz, abogada laboralista.

Ramírez Legal & Asociados.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Translate »