En la sesión ordinaria del Pleno de Mogán del mes de junio se debatirá solicitar formalmente la prórroga extraordinaria de la concesión administrativa del Puerto Deportivo de Mogán, un trámite que corresponde exclusivamente al Ayuntamiento como titular originario de la concesión, otorgada por el Consejo de Ministros el 27 de febrero de 1981. La actual concesión finaliza el 29 de marzo de 2031.
La decisión se fundamenta en un exhaustivo expediente técnico y jurídico que acredita que el Ayuntamiento de Mogán es el único legitimado para solicitar la prórroga, en virtud de la reserva expresa aprobada por el Pleno municipal el 7 de mayo de 1987. En aquella fecha se autorizó la cesión de la explotación a la entidad Puerto de Mogán S.A., manteniendo el Consistorio el derecho exclusivo a pedir una eventual ampliación del plazo concesional. En consecuencia, corresponde exclusivamente al Ayuntamiento moganero instar la prórroga excepcional de la concesión.
La normativa autonómica vigente permite prorrogar concesiones de puertos deportivos siempre que se ejecuten inversiones relevantes en la superficie concesionada destinadas a mejorar la productividad, la eficiencia energética, la sostenibilidad ambiental o los servicios portuarios, entre otros aspectos, y que estas representen al menos el 20% del valor actualizado de la inversión inicialmente prevista en el título concesional.
El Ayuntamiento reconoce, además, la existencia de cientos de titulares de derechos de uso y disfrute derivados de cesiones realizadas por Puerto de Mogán S.A. durante décadas. Por ello, y con el fin de garantizar su seguridad jurídica, el Pleno también debatirá y, en su caso, aprobará la voluntad de preservar dichos derechos, así como la futura firma de convenios de colaboración que permitan una gestión coordinada y equitativa una vez obtenida la prórroga.
Estos convenios asegurarán que los usuarios mantengan sus derechos y participen de forma proporcional en las cargas derivadas de la prórroga, tales como las inversiones y el canon autonómico, evitando cualquier perjuicio a quienes adquirieron sus derechos de buena fe.



